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Copyright. ¿Qué es y cómo funciona?

25 octubre, 2017 - Carlos Póstigo

El Copyright es la mejor manera de proteger nuestros derechos de autor. A pesar de no estar exenta de polémica entre detractores y defensores, la realidad es que a día de hoy es el método más eficaz y seguro de que nuestras creaciones estén a salvo de intereses que nos puedan perjudicar.

A raíz del anuncio por parte de la Unión Europea de la reforma sobre el copyright, originada por la polémica surgida entre editores de prensa y agregadores de noticias, se ha vuelto a abrir el debate sobre la validez y límites de este tipo de registro.

Pero la realidad es que muchas veces no sabemos qué es el Copyright, cómo funciona y en qué se diferencia de otras opciones. Para que no vuelvas a tener más dudas, te dejamos claro qué es y las diferencias respecto a otro tipo de licencias en los siguientes artículos:

Licencia Copyleft. ¿Qué es y qué variantes tiene?

Licencia Creative commons. ¿Qué es y qué variantes tiene?

Te dejamos un documental en el que te explican qué es eso de la propiedad intelectual:

https://www.youtube.com/watch?v=Xh4lfsHtW6s

¿Qué es el Copyright?

Realmente el Copyright no es algo nuevo. Con más de tres siglos de existencia, actualmente los derechos de autor están reconocidos como derechos humanos fundamentales según la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

El Copyright es un conjunto de normas y principios jurídicos que protegen los derechos morales y de explotación de los creadores de obras literarias, musicales, artísticas, científicas o didácticas.

Los derechos morales incluyen el derecho al reconocimiento de la autoría de una creación, a decidir si se quiere o no divulgar, a decidir si se divulga con el nombre original o con pseudónimo, el respeto a la integridad de la obra, al acceso al ejemplar único o al de retirar la obra del mercado entre otros.

Y los derechos de explotación se refieren básicamente  a aspecto económicos asociados a la creación. Protegen el derecho del autor a cederlos o transmitirlos si lo desea y a autorizar la modificación, distribución, difusión y comunicación pública de la obra.

¿Qué otros derechos otorga el Copyrhight?

A parte del derecho moral y del de explotación, el Copyright reconoce otros derechos:

  • Derechos de Reproducción: permite al autor decidir si su obra se puede copiar y/o reproducción por parte de terceros.
  • Derechos conexos: protegen a aquellas personas distintas del autor y que principalmente se encargan de transmitir o ejecutar la obra como pueden ser los artistas, intérpretes, editores o productores.
  • Derechos de Comunicación Pública: protege al autor en su decisión de autorizar o no la representación o reproducción en vivo de su obra.
  • Derechos de Traducción: otorga el poder al autor para permitir que su obra se traduzca a idiomas diferentes del original.
copyright

¿Qué puede ser objeto de protección con Copyright?

Lo primero que debemos destacar es que una idea no tiene derechos de autor, pero su expresión sí. Así como que toda creación ya nace con derechos de autor sin necesidad de formalizar nada ni registrarla en ningún lado.

Para que tengas claro qué tiene protección Copyright, te dejamos un listado con las diversas expresiones creativas que sí lo tienen. ¿Sabías que el ADN no tiene Copyright?

  • Libros y textos escritos
  • Obras de teatro y musicales
  • Obras coreográficas
  • Composiciones y obras musicales
  • Películas y otras obras audiovisuales
  • Pintura, dibujo, escultura
  • Cómics
  • Fotografías
  • Mapas y gráficos científicos
  • Planos arquitectónicos
  • Software informático
  • Páginas webs
  • Entrevistas

Ten presente que hay materiales que no tienen derechos de autor como: todas aquellas creaciones que no tengan expresión tangible; las obras que se basan en información de conocimiento público como los calendarios; las leyes y normativas vigentes; y los títulos, los nombres y las frases cortas como los nombres de empresas. Por cierto, si quieres iniciar un nuevo proyecto, no dejes de informarte sobre los  10 pasos para crear una empresa en España.

El Copyright y el paso a Dominio Público

El Copyright otorga derechos de autor con fecha de caducidad, es decir, que mientras el creador esté vivo y tras un tiempo después de su fallecimiento, sus obras seguirán estando protegidas. Finalizado este periodo, pasarán a dominio público.

Según el Convenio de Berna, a nivel mundial, el plazo mínimo que tiene que transcurrir desde la muerte del autor hasta que sus derechos de autor expiran es de 50 años, aunque hay países como España y el resto de Europa que lo han ampliado hasta los 70.

Una vez pasado este tiempo, sus obras pasarán a ser de Dominio Público, lo que significa que podrán ser usadas de manera totalmente libre. Por tanto, se podrán usar, modificar, traducir y adaptar sin el permiso del autor.

En este vídeo, la Biblioteca Nacional de España anuncia el paso a Dominio Público de las obras de tres autoras, ¿quieres saber quiénes son?:

https://www.youtube.com/watch?v=mg6GY5khkkc

¿Para qué registrar una obra con Copyright?

Aunque ya te hemos comentado que toda expresión creativa nace con sus derechos de autor y no es obligatorio registrarla en ningún lado, es aconsejable hacerlo por diversos motivos:

  • Sirve como prueba de la autoría de la obra.
  • Otorga derechos de explotación al autor.
  • Ofrece al autor la posibilidad de ceder en favor de terceros este derecho de explotación.
  • Protege ante un posible plagio cuando e autor no es conocido.
  • Queda registrado el estado de la obra, su situación, contenido y derechos contenidos.
  • Aunque no genera derechos, es un medio para demostrarlos y que terceras personas puedan estar informados acerca de ellos.
  • Otorga el testimonio de protección del registro o certificado digital de inscripción que certifica que en una fecha determinada el autor declaró ser el creador.

Si tienes dudas acerca de la privacidad de tus datos personales en Internet, te aconsejamos que leas Datos Personales, Privacidad e Identidad digital, te quedarán claras muchas cosas.

¿Dónde registrar una obra con Copyright?

Si estás interesado en registrar una obra, es posible que no sepas a ciencia cierta dónde deberás acudir para registrarla. A continuación te mostramos un pequeño listado con aquellos lugares donde podrás hacerlo:

  • Registro Oficial de la Propiedad Intelectual

El Registro Oficial de la Propiedad Intelectual es la entidad pública más conocida para registrar una obra por ser la oficial en toda España. Para ello, el Registro te da la opción de hacerlo bien de manera presencial o vía telemática con certificado digital.

El precio es de 13,20€, aunque puede ser más si se solicita una copia simple, certificados o cualquier otro documento. El registro es válido para siempre, por lo que te evitarás tener que renovarlo cada cierto tiempo.

Existen entidades públicas para registrar tus obras en casi todos los países del mundo.

  • Safe Creative

A diferencia del Registro Oficial, Safe Creative es un registro de la propiedad intelectual de carácter privado, que permite asociar una obra con otro tipo de licencias como las Creative Commons o las GPL de GNU.

En Safe Creative puedes registrar hasta 10 obras de manera gratuita, pero pasado este número deberás abonar 60€ + IVA al año. Además te permite ponerte en contacto con otros autores que tengan sus obras registradas con ellos.

  • Depósito notarial

Otra opción no muy mayoritaria es registrar tu obra a través de un notario, aunque ten en cuenta que este acto no da fe de quién es el autor de la obra, sino solamente de la fecha y de quién efectúa el depósito, que puede ser diferente al autor.

copyright

Las tarifas dependerán de las estipuladas por cada notario.

  • Entidades de Gestión

Entidades como la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) o Centro Español de Derechos Reprográficos (CEDRO) solo permiten registrar obras que ya estén en el circuito comercial y tengan ISBN o Depósito Legal.

  • Re-Crea

Enfocado principalmente a obras de diseño, ingeniería, I+D, marketing y fotografía, Re-Crea es un depósito de creaciones impulsado por la Cámara de Comercio de Barcelona y Barcelona Centro de Diseño (BCD), que ofrece una prueba certificada del depósito de una creación mediante lo que llaman un sello de tiempo, es decir, un mecanismo que demuestra que una serie de datos han existido y no han sido modificados en un tiempo.

El auge del Software libre

Además del copyright, existe una corriente en los últimos años que promulga el uso de programas informáticos open, es decir, el conocido como software libre.

Uno de los ejemplos de este software libre es el sistema CONSUL promovido por el ayuntamiento de Madrid. Esta herramienta sirve para realizar consultas ciudadanas de forma gratuita y con los requisitos de transparencia y seguridad necesarios para garantizar los procesos participativos.

Con este sistema muchos consistorios están realizando consultas a los ciudadanos para confeccionar propuestas, elaborar presupuestos o generar debates. Además del de Madrid, otros ayuntamientos como el de Valencia, Alicante, Huesca o Getafe, entre otros, están utilizando este sistema de código abierto.

Unas de las últimas ciudades que se han sumado a CONSUL para llevar a cabo consultas de participación ciudadana son Turín y Jalisco,

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