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Características, ventajas y desventajas de las comunidades de bienes

10 abril, 2017 - Carlos Póstigo

Las ventajas de las Comunidades de Bienes permiten ser la solución ideal a la hora de llevar a buen puerto nuestra idea, más cuando para ello necesitamos hacerlo en compañía y por supuesto hacerlo bajo el amparo de una sociedad.

Ventajas de las Comunidades de bienes
Comunidades de bienes

Las Comunidades de Bienes normalmente es la solución para aquellos empresarios individuales que necesitan aunar sinergias con otros autónomos, haciendo que su proyecto obtenga beneficios para todas las partes.

En este artículo te queremos presentar este tipo de sociedad que está al alza superando por ejemplo al número de empresas declaradas como Sociedades Anónimas o incluso a las Sociedades Cooperativas.

Estamos seguros de que si ya eres autónomo y estás pensando en hacer crecer tu negocio asociándote con otro empresario, las Comunidades de Bienes son la mejor opción para que tengáis éxito en el futuro.

Te dejamos una conferencia con la descripción de lo que es una comunidad de bienes:

Tipos de Sociedades

Como ya sabrás, las Comunidades de Bienes no son la única opción a la hora de crear una sociedad, aunque también es cierto que no siempre conocemos los distintos tipos de sociedades existentes.

A continuación te dejamos el listado con los diferentes tipos de sociedades teniendo en cuenta el número mínimo de socios que son necesarios para su constitución:

  • Personas físicas

    • Empresario Individual: 1 socio único
    • Comunidad de Bienes: mínimos 2 socios
    • Sociedad Civil: mínimo 2 socios
  • Personas jurídicas

    • Sociedad Colectiva: mínimo 2 socios
    • Sociedad de Responsabilidad Limitada: mínimo 1 socio
    • Sociedad Limitada Nueva Empresa: máximo 5 socios
    • Sociedad Anónima: mínimo 1 socio
    • Sociedad Comandataria por Acciones: mínimo 2 socios
    • Sociedad Comandataria Simple: mínimo 2 socios
    • Sociedad Laboral: mínimo 3 socios
    • Sociedad Cooperativa: mínimo 3 socios
    • Agrupación de interés económico: mínimo 2 socios
    • Sociedad de Inversión Mobiliaria o SICAV: mínimo de 100 socios

En este vídeo puedes ver las diferencias entre la sociedad civil y la comunidad de bienes:

¿Qué son las Comunidades de Bienes?

Las Comunidades de Bienes se constituyen cuando la propiedad de un bien o derecho pertenece proindiviso a varias personas y forma parte de una actividad empresarial que se realiza en común por sus socios.

Podemos decir que las Comunidades de Bienes son la unión de dos o más autónomos o empresarios individuales para desarrollar un proyecto de negocio en común y que pertenece a ambos de forma indivisa.

Actualmente ocupa el cuarto lugar dentro del tipo de sociedad elegido por los empresarios, por detrás del Empresario Individual, las Sociedades de Responsabilidad Limitada y las Asociaciones (y otros tipos).

Comparativa Sociedades
Comparativa Sociedades

A 1 de enero de 2.016, existían en España 115.823 Comunidades de Bienes, por delante de las Sociedades Anónimas (85.430) aunque muy lejos de los 1.681.838 empresarios individuales existentes a esa fecha. En total, las Comunidades de Bienes representan el 3,58% de las sociedades totales.

Evolucion Comunidad de Bienes
Evolución Comunidad de Bienes

Como podemos ver en este gráfico, exceptuando el año 2.013 en el que hubo una disminución de Comunidades de Bienes, desde el año 1.999 no ha dejado de crecer su número en nuestro país, produciéndose un incremento del 61,29% durante estos años.

Si analizamos estos datos según provincias, podemos constatar como el mayor número de Comunidades de Bienes se concentran básicamente en Madrid, Barcelona y Valencia, sumando un total entre las tres de 34,971, y representando el 30,19% del total en España.

Comunidades de Bienes por Provincias
Comunidades de Bienes por Provincias

En este vídeo, la Gestoría Martínez Llanos te explica detalladamente qué es y cuáles son las ventajas de las comunidades de bienes:

Características de las Comunidades de Bienes

Las Comunidades de Bienes tienen sus propias características que deberás tener en cuenta a la hora de decidirte por este tipo de sociedad e iniciar su formalización. Te dejamos aquellas más importantes que deberás de tener en cuenta:

  • Carece de personalidad jurídica propia.
  • Contrato privado: a la hora de poder ejercer como Comunidad de Bienes, se requiere la existencia de un contrato privado entre los socios en el que se detalle:
    • La actividad de la sociedad
    • La naturaleza de las aportaciones, que podrán ser en dinero o en especie
    • El porcentaje de participación que cada comunero tiene en las pérdidas y ganancias
    • Las aportaciones de cada comunero
    • El uso y disfrute de los elementos comunes
    • El sistema de administración de la sociedad
  • Socios: el número mínimo de socios o comuneros es de 2.
  • Capital: en las Comunidades de Bienes no se exige una aportación mínima. Se puede aportar solamente bienes, aunque no se puede aportar solo dinero o trabajo, los cuales deberían ir unidos.
  • Escritura de constitución: a la hora de constituir este tipo de sociedad, se deberá presentar escritura pública únicamente cuando se aportan bienes inmuebles o derechos reales.
  • Normativa: las Comunidades de Bienes se rigen por el Código de Comercio en materia mercantil y por el Código Civil en lo referente a derechos y obligaciones.
  • Responsabilidad: al estar compuestas por empresarios individuales, las Comunidades de Bienes tienen una responsabilidad ilimitada y solidaria, es decir, los comuneros que la forman deberán hacer frente a las deudas con sus patrimonios personales y deberán solidarizarse unos con otros para hacer frente a esas deudas.
  • Fiscalidad: al no tributar la Comunidad de Bienes por las rentas obtenidas, ya que estas son atribuidas a los comuneros, estos deberán realizar el pago del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades o Impuesto sobre la Renta de no Residentes, en función de que sean sujetos pasivos o contribuyentes de cada uno de estos impuestos.
  • Beneficios y cargas: tanto los beneficios obtenidos como las deudas serán proporcionales a las respectivas cuotas de los socios.

Te dejamos este vídeo en el que te explican las características y ventajas de las comunidades de bienes:

Ventajas de las Comunidades de Bienes

Según has estado leyendo, seguro que ya te has ido dando cuenta de la cantidad de ventajas de las Comunidades de Bienes. Para ayudarte a hacerte una idea más clara, te dejamos un listado con esas ventajas.

  • Capital inicial: al no existir una cantidad mínima a aportar en la constitución de una Comunidad de Bienes, se puede iniciar su actividad de una manera más asequible en comparación a otro tipo de sociedades como las Sociedades Anónimas que exigen un mínimo de 60.000€.
  • Número de socios: a la hora de constituir una Comunidad de Bienes solamente son necesarios dos socios, que en un negocio familiar podrían ser dos hermanos, primos, etc… lo que permite dar forma legal a ideas que puedan surgir dentro de estas familias, como por ejemplo transformar una casa heredada en un hostal rural.
  • Obligaciones fiscales: a la hora de hacer frente a Hacienda, se deberá tributar en función de las ganancias obtenidas con las actividades de la empresa.
  • Riesgos: en el caso de tener que hacer frente a las deudas, esta responsabilidad no recaerá únicamente sobre una persona, sino que entre todos los comuneros deberán hacerse cargo de ellas.
  • Escritura pública: salvo que se aporten bienes inmuebles o derechos reales, no es necesaria escritura pública de constitución, lo que permite que crear una Comunidad de Bienes sea algo sencillo y sin grandes complicaciones; incluso algunos trámites se puede hacer vía Internet como puedes ver en esta guía.
  • La gestión diaria de este tipo de sociedades solo requiere tener al día los libros fiscales en los que se deberán detallar las ventas e ingresos, compras y gastos y los bienes de inversión. Toda esta información se realizará mediante facturas, lo que hace más sencillo los trámites.
  • Libro básico de ingresos y gastos: las Comunidades de Bienes no necesitan de la complejidad contable requerida a otro tipo de sociedades, por lo que con un cuaderno o un libro de Excel, podremos registrar todas las operaciones y llevar la contabilidad al día.

Desventajas de las Comunidades de Bienes

Aunque hemos visto las ventajas de las Comunidades de Bienes, no debemos obviar que también existe algún inconveniente que te presentamos a continuación:

  • Personalidad física: las Comunidades de Bienes, al no tener una personalidad jurídica, la sociedad así declarada no podrá ser la titular de derechos y obligaciones, ya que estos pertenecen a cada uno de los comuneros por ser autónomos.
  • Responsabilidad ilimitada y solidaria: hay que tener en cuenta que en el caso de responsabilidad ante terceros o deudas, no solo se responderá con el patrimonio de la sociedad, sino que además se deberá hacer con el patrimonio de cada uno de los comuneros de manera ilimitada y solidaria.
  • Veto: existe la posibilidad de que se vete a alguno de los socios.
  • Ayudas: la forma jurídica propia de las Comunidades de Bienes hace que suelan estar excluidas de subvenciones y ayudas.

Te dejamos un vídeo donde te explican cómo crear una comunidad de bienes paso a paso:

¿A qué fiscalidad están sujetas las Comunidades de Bienes?

La fiscalidad de las Comunidades de Bienes es diferente al de resto de sociedades gracias a sus peculiares características. A continuación te resumimos cómo debe actuar este tipo de sociedad al hacer frente a Hacienda.

  • Tributos relacionados con la propia actividad de la sociedad
    • Retenciones a cuenta de IRPF (Modelo 111 trimestralmente y el Modelo 115 anualmente)
    • Declaración informativa para entidades en régimen de atribución de rentas: en la que se reflejan los comuneros y el importe imputado a cada uno gracias a la obtención de los beneficios. (Modelo 184)
    • Declaración de retenciones a cuenta del IRPF e Impuesto sobre Sociedades: solamente en el caso de que haya socios capitalistas, es decir, que aporten dinero o inversiones pero no trabajo. (Modelo 123)
    • Declaración informativa de retenciones e ingresos a cuenta: son las retenciones que se hacen a cuenta de IRPF de los socios capitalistas en el caso de que los haya. (Modelo 180 y Modelo 190)
  • Obligaciones del socio o comunero en la renta
    • El comunero está obligado a presentar la Declaración de la Renta como empresario individual que es.
    • Declarar los gastos e ingresos de la Comunidad de Bienes de forma trimestral (Modelo 130 o el Modelo 131)
  • Fiscalidad del IVA para la Comunidad de Bienes
    • Como en cualquier proyecto comercial, el IVA está presente en todas las operaciones de venta de servicios y productos, por lo que también estará presente en el día a día de las Comunidades de Bienes. Por tanto, estas están obligadas a declarar el IVA y proceder a las correspondientes liquidaciones del impuesto. Se hará trimestralmente mediante el Modelo 303 y anualmente a través del Modelo 390.
  • Facturas
    • Es la propia Comunidad de Bienes quien debe emitir las facturas y por tanto tener un libro a su nombre con todas las operaciones comerciales realizadas.
Ventajas de las Comunidades de bienes
Comunidades de bienes

Cursos que te preparan para crear una Comunidad de Bienes

Como ya hemos visto, las Comunidades de Bienes son un tipo de sociedades que no tienen muchas dificultades para constituirse y llevar a cabo su actividad y gestión como empresa en el día a día.

Cabe la posibilidad de iniciar un proyecto constituyéndolo como Comunidad de Bienes para dar el paso en el futuro a otro tipo de sociedad que sí requerirá una serie de conocimientos y capacidades más complejos.

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