Portada » Blog » Comité de empresas: ¿qué son y cuáles son sus funciones?
Comité de empresas: ¿qué son y cuáles son sus funciones?

22 agosto, 2021 - Andrea Pérez Mosquera

Cuando se trata de la defensa de los derechos de los trabajadores y la representación de los mismos es común que puedan surgir dudas sobre qué es un comité de empresas. Se trata en realidad de un grupo de personas que representan al resto de trabajadores de la empresa. A continuación vamos a ver más detenidamente en qué consiste esta figura y su utilidad y cómo es el sistema de elección de los miembros que lo integran.

 

Qué es un comité de empresas

Cuando se trata de la representación de los trabajadores en la empresa hay que distinguir entre la sindical y la extrasindical. La primera está compuesta por el delegado sindical, una figura de la que ya hemos hablado en alguna ocasión y sobre la que podéis leer más en nuestro artículo “Delegado sindical. ¿Qué hace? ¿Qué obligaciones y derechos tiene?”

La representación extra sindical está formada por el comité de empresa y, en su defecto, por el delegado de personal. El delegado está presente en empresas con menos de 50 trabajadores y su función es básicamente la misma que se atribuye al comité de empresa.

El comité es un órgano de representación de los trabajadores de la empresa formado a su vez por empleados de la misma, pero no tiene ninguna vinculación con los sindicatos. Esta figura se regula en el Estatuto de los Trabajadores, que se refiere a ella como la encargada de defender los intereses de los empleados en el ámbito empresarial.

El Estatuto de los Trabajadores es la norma más importante en nuestro ordenamiento jurídico cuando se trata de materia laboral. Sobre él ya hemos hablado con anterioridad y por eso os recomendamos que si queréis profundizar en el tema le echéis un vistazo a nuestro artículo “Estatuto de los Trabajadores. ¿Qué es?”

 

Funciones del comité de empresas

Como acabamos de señalar la función principal del comité de empresa es representar a todos los trabajadores de una misma organización y defender sus derechos. Para poder conseguirlo la legislación le reconoce el derecho ser informado e incluso consultado por el empresario sobre cuestiones que afecten al conjunto de los trabajadores.

Información

El comité deberá ser informado, con carácter trimestral, sobre:

  • La evolución del sector económico al que pertenece la empresa.
  • La situación económica de la empresa y su evolución probable.
  • Previsiones de contratación: número y modalidad.
  • Estadísticas sobre absentismo.

De forma anual el comité debe ser informado sobre:

  • La aplicación de programas sobre igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres.

Con la periodicidad que proceda será informado de:

  • El balance y cuenta de resultados de la empresa.
  • Los modelos de contrato de trabajo escritos utilizados por la empresa.
  • De las sanciones impuestas por faltas muy graves.

Consulta

El comité de empresa será consultado sobre cuestiones que afecten a la situación y estructura del empleo en la empresa o el centro de trabajo; las decisiones empresariales que puedan suponer cambios relevantes y la adopción de medidas preventivas en caso de riesgo para el empleo.

Derecho a emitir informe

Antes de que el empresario ejecute las decisiones adoptadas el comité podrá emitir un informe en los casos de:

  • Reestructuración de plantilla.
  • Reducción de jornada.
  • Traslado total o parcial de instalaciones.
  • Procesos de fusión, absorción o modificación del estatus jurídico de la empresa.
  • Planes de formación profesional en la empresa.
  • Implantación y revisión de sistemas de organización y control del trabajo.

Negociación colectiva

El comité tiene capacidad y legitimación para negociar convenios colectivos de empresa y de ámbito inferior al de empresa.

Otras funciones

El comité de empresa ejerce una labor de vigilancia del cumplimiento de la normativa en materia laboral y de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo. Puede colaborar con la dirección en la implantación de medidas de conciliación y de mantenimiento o incremento de la productividad, así como informar a sus representados de todas aquellas cuestiones que les afecten.

 

Cómo se forma un comité de empresas

La normativa europea 97/74/CE establece que sólo las empresas con más de 1.000 empleados están obligadas a tener comité de empresa. Pero como en España la mayor parte del tejido empresarial está compuesto por pymes esta medida no tiene demasiado sentido.

La legislación española establece que deberá haber comité de empresa obligatoriamente en todas aquellas empresas o centros de trabajo que tengan un censo igual o superior a 50 empleados.

El número de representantes de los trabajadores en el comité de empresa es el siguiente:

  • De 50 a 100 empleados corresponden 5 miembros en el comité de empresa.
  • De 101 a 250 habrá 9 representantes.
  • De 251 a 500 empleados serán 13 los miembros del comité.
  • De 501 a 750 trabajadores el comité tendrá 17 personas.
  • De 751 a 1.000 trabajadores habrá 21 miembros en el comité.
  • De 1.001 trabajadores en adelante habrá 21 miembros más otros 2 por cada mil, hasta llegar a un máximo de 75.

Elecciones

Los miembros del comité de empresa son elegidos mediante sufragio personal, directo, libre y secreto de los trabajadores del centro. Para poder votar es necesario ser mayor de 16 años y que lleven más de un mes en la empresa. Podrán ser elegibles los trabajadores mayores de 18 años que tengan una antigüedad en la empresa de al menos 6 meses.

El proceso electoral debe desarrollarse de conformidad con lo establecido en la ley, habiendo una convocatoria previa de elecciones y la constitución de una mesa electoral que controle la legalidad del proceso, así como la publicación de un censo.

Una vez que terminan las votaciones se descartan aquellas candidaturas que no hayan obtenido al menos un 5% de los votos válidos. A las candidaturas restantes se les otorga un número de representantes que se obtiene dividiendo el número de votos válidos por el total de puestos a cubrir. De todo ello se levanta un acta que ha de registrarse en una oficina pública.

Duración del cargo

Los miembros del comité se mantienen en el cargo durante un plazo de cuatro años. Agotado ese plazo sus funciones se prorrogarán hasta que se celebren unas nuevas elecciones y el comité se renueve. El objetivo de esta medida es evitar los vacíos de representación.

 

Cómo funciona un comité de empresas

Para que el comité pueda ejercer sus funciones la legislación le otorga el derecho a disponer de un tablón de anuncios en la empresa que esté a la vista de los trabajadores y en el que se colocarán avisos y demás información relevante.

El empresario debe proveer al comité de un local adecuado para el ejercicio de la actividad de representación de los trabajadores Además, cada uno de los miembros del comité dispondrá de un crédito de horas mensuales retribuidas para ejercer las funciones propias de su cargo. El número de horas de este tipo depende del número de trabajadores que tenga la empresa.

Los integrantes del comité tienen reconocido el mismo estatus jurídico reforzado que se reconoce a los representantes sindicales para evitar que ciertas actuaciones empresariales puedan afectar a su función representativa. Destacan el derecho a la no discriminación en la promoción económica o profesional, el derecho a permanecer en el puesto de trabajo en casos de despido colectivo, suspensión o extinción del contrato por causas económicas.

 

Derecho
andrea mosquera redactora
Andrea Pérez Mosquera

Graduada en Periodismo por la Universidad de Santiago de Compostela y especializada en Comunicación corporativa y de marca. Ha trabajado en agencias de comunicación y publicidad, así como en departamentos de comunicación en empresas de diferentes sectores, como la moda, la sanidad o la industria del automóvil. En su tiempo libre se dedica a leer y aprender sobre nuevas técnicas de comunicación, desde la edición fotográfica y de vídeo hasta estrategias de narración creativa.

Recibe información

Comité de empresas: ¿qué son y cuáles son sus funciones?

Estás a un clic de cambiar tu carrera ¡Te ayudamos a encontrar las mejores academias!

Recibe información gratis. Indícanos tus datos para que las academias se pongan en contacto contigo.

"*" señala los campos obligatorios

Hidden
¿Qué academias te gustaría que te informasen?*
Grupo Northius tratará sus datos personales para ofrecerle la información del programa formativo seleccionado y, en su caso, para tramitar la matriculación en el mismo.
Compartiremos su solicitud con las empresas que conforman el  Grupo Northius, con el objeto de que éstas puedan hacerle llegar la mejor oferta de productos y servicios de acuerdo a tu petición.
Quedan reconocidos los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación tal y como se explica en la  Política de Privacidad.
Y ya para finalizar...*
Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.